Cobertura obligatoria del personal en relación de dependencia
ante cualquier accidente dentro del horario laboral e in itinere.
VIDA OBLIGATORIO
Cobertura de muerte e invalidez permanente de todo trabajador en relación de dependencia de acuerdo al decreto Nro. 1567/74. La suma asegurada de cada individuo es fija y está determinada por la Superintendecia Nacional de Seguros.
SALÚD
Otorga una indemnización al asegurado por los gastos médicos incurridos que fueron cubiertos en la póliza contratada. Puede ser contratado de manera individual o colectiva.
ACCIDENTES PERSONALES
Cobertura de muerte e invalidez permanente de todo trabajador en relación
de dependencia de acuerdo al decreto Nro. 1567/74. La suma asegurada de cada individuo es fija y está determinada por la Superintendencia Nacional de Seguros.
VIDA COLECTIVO
Es el resarcimiento que se le otorga a los beneficiarios asignados por la muerte
de algún miembro de un grupo de personas que reúnen una característica que
los agrupe.
VIDA INDIVIDUAL
Garantiza un resarcimiento económico por fallecimiento a quien el asegurado haya elegido como beneficiario.
CONTACTO
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